volver a perspectivas

2026-08-24 · Por Robert Katona

El trámite arancelario que deja de servir el 1 de diciembre

Vehículos nuevos cubiertos y apilados sobre una madrina en carretera, el momento en que una cifra de contenido declarado se convierte en un arancel

Conclusiones clave

  • Un vehículo armado en México o Canadá paga 25 por ciento de arancel al entrar a Estados Unidos. Si califica bajo el T-MEC, el importador puede lograr que ese 25 por ciento se cobre solo sobre las partes que no se hicieron en Estados Unidos. No es automático: alguien tiene que presentar un trámite ante el Departamento de Comercio y obtener su aprobación, línea de modelo por línea de modelo.
  • El 19 de agosto, Commerce avisó que toda aprobación vigente deja de amparar vehículos importados a partir del 1 de diciembre, "regardless of any expiration date specified in the determination". Quien tenga un documento que aparenta correr hasta 2027 tiene un documento que se detiene el 30 de noviembre.
  • Commerce pide la documentación de reemplazo antes del 30 de septiembre. No es un plazo legal. Es Commerce diciendo cuánto tarda su fila, y es la única fecha que ha publicado.
  • El trámite lo firma personalmente el director de finanzas o el director jurídico del importador. Si la aduana estadounidense determina después que el contenido estadounidense quedó inflado, el 25 por ciento completo aplica a cada vehículo de esa línea de modelo desde el 3 de abril de 2025.
  • Si usted alimenta el trámite de alguien más, su plazo es semanas antes. Es el momento en que ese directivo se sienta cómodo firmando lo que usted le mandó.

Si usted hace autopartes en México o en Canadá y terminan en un vehículo que cruza a Estados Unidos, viene un plazo que no es suyo. Es de su cliente. Sus cifras entran en ese trámite, y si llegan tarde, el costo aparece en el vehículo que usted surte.

Así funciona, en términos simples.

El 25 por ciento, y cómo se libra una parte

Un vehículo armado en México o Canadá paga 25 por ciento de arancel al entrar a Estados Unidos. Eso viene de la Proclamación 10908.

Si el vehículo califica bajo el T-MEC, el importador puede lograr que ese 25 por ciento se cobre solo sobre las partes que no se hicieron en Estados Unidos, en lugar de sobre el vehículo entero. En un vehículo con contenido estadounidense real, esa diferencia es grande.

No ocurre solo. Alguien tiene que presentar el trámite ante el Departamento de Comercio, línea de modelo por línea de modelo, y obtener su aprobación.

Qué cambió el 19 de agosto

Commerce publicó un aviso que dice que toda aprobación vigente deja de amparar vehículos importados a partir del 1 de diciembre, "regardless of any expiration date specified in the determination".

Esa última parte es toda la historia. Muchas empresas tienen un documento que aparenta correr hasta 2027. Se detiene el 30 de noviembre.

Para que el reemplazo se apruebe a tiempo, Commerce pide la documentación antes del 30 de septiembre. No es un plazo legal. Es Commerce diciendo cuánto tarda su fila. También es la única fecha que ha publicado, así que es la fecha a la que hay que trabajar.

Por qué importa la firma

El trámite lo firma personalmente el director de finanzas o el director jurídico del importador.

Si la aduana estadounidense determina después que el contenido estadounidense quedó inflado, el 25 por ciento completo aplica a cada vehículo de esa línea de modelo, desde el 3 de abril de 2025.

Es decir, un directivo pone su nombre sobre una cifra que puede alcanzar diecisiete meses hacia atrás. Nadie firma una cifra de proveedor que aparece a fines de septiembre sin el detalle de planta y origen que la respalda.

Por eso, si usted alimenta el trámite de alguien más, su plazo real corre semanas antes del 30 de septiembre. Es el momento en que ese directivo se sienta cómodo firmando lo que usted mandó.

Dos cosas de las que nadie escribe

Ahora mismo sus autopartes que califican bajo el T-MEC no pagan nada de Sección 232. Esa no es una regla permanente. La Proclamación 10908 la suspende "until such time that the Secretary establishes a process" para gravar solo el contenido no estadounidense de las autopartes. Dieciséis meses después, ese proceso sigue sin existir.

El día que Commerce publique uno, su costo en destino cambia. No hay periodo de aviso escrito, y no hay negociación que lo frene. Canadá suspendió las pláticas con Washington el 21 de agosto, lo que significa menos aviso y no más tiempo.

Lo segundo es que los beneficios que amortiguan todo esto solo van a plantas en Estados Unidos. El import adjustment offset es para fabricantes que arman "automobiles in the United States". Silao, Puebla, Ramos Arizpe y las plantas de Ontario no reciben nada, y un beneficio aparte para motores funciona igual.

Usted carga el riesgo de la cifra. El alivio se lo queda alguien más.

Sobre el 50 por ciento del que todos hablan

Los nuevos aranceles de la Sección 338 entraron en vigor el 22 de agosto a 50 por ciento, y sí alcanzan mercancías del T-MEC, que es lo que los hace distintos. Escribimos de eso cuando se firmaron las proclamaciones.

No alcanzan a vehículos ni autopartes que ya están bajo la Sección 232. La Proclamación 11048 dice que sus aranceles no aplican a nada "subject to duties pursuant to section 232", y Holland & Knight señala que ninguna de sus 439 fracciones está siquiera en el capítulo de vehículos. El 50 por ciento cae sobre muebles, cemento, madera, ropa y alimentos.

Una advertencia. La exención sigue al producto, no a la industria. Empaque, herramental y subcomponentes que no están en las listas de la Sección 232 no la tienen, así que una lista de materiales que se da por limpia entera es donde aparece un arancel sorpresa.

Dónde entra México

El beneficio cuenta contenido estadounidense. Le da igual si el resto del vehículo se armó en Guanajuato o en Ontario. El aviso trata a los vehículos "imported from Mexico and Canada" de forma idéntica.

Lo que sí cambia es quién está en la sala. La siguiente ronda de pláticas sobre reglas de contenido automotriz es entre Estados Unidos y México, en Washington en septiembre, y una de las propuestas sobre la mesa subiría el requisito de contenido regional a 82 por ciento.

México tiene ese asiento desde mayo y lo ha usado. Si su huella ya abarca el corredor, eso vale algo concreto: una empresa propia en México lo sienta dentro de la conversación donde se fijan las reglas de contenido del próximo año, con las contrapartes estatales y federales que la llevan. Junto con la aritmética arancelaria y el ritmo IMMEX, es la razón por la que esas operaciones se montan durante la revisión y no después.

Qué hacer esta semana

Pregúntele a su cliente qué ampara su aprobación después del 30 de noviembre. La respuesta es nada, diga lo que diga el papel.

Luego pregúntele para qué fecha necesita sus datos de contenido. Y pregúntese si de verdad puede sacar el detalle de planta y origen de su propia lista de materiales con poco aviso, porque esa segunda pregunta suele tardar más en responderse de lo que la gente cree.

Calder & Vale asesora a empresas canadienses y estadounidenses que entran y operan en México en estructura societaria, en sitio e incentivos a través de relaciones directas con las secretarías de desarrollo económico estatales, y en exposición aduanera y de origen.

Preguntas frecuentes

¿Calificar bajo el T-MEC significa que solo pago el arancel sobre el contenido no estadounidense?

No por sí solo. Calificar es lo que lo hace elegible. Un trámite aprobado ante Commerce es lo que realmente le da el trato, línea de modelo por línea de modelo. Sin uno vigente, el 25 por ciento se cobra sobre el valor completo del vehículo.

¿Qué pasa el 1 de diciembre de 2026?

Toda aprobación emitida bajo el procedimiento anterior deja de amparar importaciones, sin importar la fecha de vencimiento impresa. Un importador que conserve una y meta un vehículo el 2 de diciembre sin reemplazo paga 25 por ciento sobre el vehículo entero.

¿El 30 de septiembre es un plazo fatal?

No. Commerce pide el trámite para entonces con el fin de asegurar el procesamiento oportuno, y nada indica que quien presente tarde pierda el beneficio. Una aprobación emitida en noviembre seguiría amparando una importación de diciembre. Pero es la única fecha que Commerce ha dado para una fila que Commerce administra, así que trabajar hacia ella es lo prudente.

¿Quién lo presenta, y qué significa si soy proveedor?

Lo presenta el importador de registro estadounidense. Si una empresa mexicana o canadiense mete la mercancía como importador de registro no residente, es usted. Si el importador es su cliente, es él, y su plazo es el momento en que el director de finanzas o jurídico de ese cliente firme sus cifras. Eso es semanas antes, y depende de si usted puede sacar el detalle de planta y origen de su propia lista de materiales.

¿Los nuevos aranceles de 50 por ciento alcanzan a vehículos y autopartes?

No a los que ya están bajo la Sección 232. La Proclamación 11048 dice que sus aranceles no aplican a nada "subject to duties pursuant to section 232", y Holland & Knight señala que ninguna de sus 439 fracciones está siquiera en el capítulo de vehículos. El 50 por ciento cae sobre muebles, cemento, madera, ropa y alimentos. Una advertencia: la exención sigue al producto y no a la industria, así que empaque, herramental y subcomponentes que no están en las listas de la Sección 232 no la tienen.

¿Una planta en México o Canadá puede reclamar el beneficio compensatorio?

No. Commerce lo limita a fabricantes que arman vehículos en Estados Unidos y lo calcula sobre vehículos armados ahí. No puede venderse ni transferirse, y no se otorga nada por vehículos armados después del 30 de abril de 2027.

Robert Katona, founder of Calder & Vale

Robert Katona es el fundador de Calder & Vale, una firma de asesoría transfronteriza que trabaja en toda Norteamérica. Asesora a operadores, inversionistas e instituciones en entrada al mercado, selección de socios y estrategia de crecimiento en toda la región.

¿Tiene preguntas sobre su estrategia en México?

si esto le generó preguntas, platiquemos. treinta minutos, sin pitch, solo claridad sobre su siguiente paso.

agendar llamada
Sección 232: la determinación de contenido y el 1 de diciembre | Calder & Vale