← volver a perspectivas

2026-10-12 · Por Robert Katona

Safe harbor de maquiladoras en México: las pruebas del 6.9% y del 6.5%

Pilas de expedientes y carpetas con separadores sobre un escritorio, la documentación detrás de la declaración anual de safe harbor de una maquiladora

Conclusiones clave

  • Conforme al artículo 182 de la Ley del ISR, una maquiladora cumple con las reglas de precios de transferencia, y su residente en el extranjero no tiene establecimiento permanente, cuando determina una utilidad fiscal de al menos la cantidad mayor entre el 6.9 por ciento de los activos utilizados en la operación y el 6.5 por ciento de sus costos y gastos de operación, gravada al 30 por ciento.
  • La vía del APA se derogó a partir de 2022, y los últimos APA de maquila y el Qualified Maquiladora Approach entre Estados Unidos y México cubrieron los ejercicios mexicanos hasta 2024. Desde el ejercicio 2025, el safe harbor es la vía práctica a la protección contra el establecimiento permanente.
  • La prueba de activos manda cuando la base de activos supera cerca del 94.2 por ciento de la base de costos. El inventario del residente en el extranjero cuenta a valor de materia prima, y la maquinaria totalmente depreciada sigue contando al 10 por ciento de su costo.
  • Desde 2022, la DIEMSE anual es una condición: si no se presenta a más tardar en junio del año siguiente, o no refleja la utilidad del safe harbor, el artículo 182 no puede aplicarse.
  • En un albergue (shelter), el impuesto se calcula cliente por cliente, solo sobre activos fijos e inventarios de materia prima, y un incumplimiento del albergue no subsanado hace que se considere que el cliente tiene establecimiento permanente en México.

El safe harbor de maquiladoras en México es una utilidad fiscal mínima. Conforme al artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, su maquiladora determina al menos la cantidad mayor entre el 6.9 por ciento de los activos utilizados en la operación y el 6.5 por ciento de sus costos y gastos de operación. A cambio, se considera que cumple con las reglas de precios de transferencia, y que su empresa extranjera no tiene establecimiento permanente en México.

Desde el ejercicio 2025, el safe harbor es la vía práctica a esa protección, porque los últimos acuerdos anticipados de precios de transferencia de maquila vencieron con el ejercicio 2024. Esta guía explica las pruebas, las reglas de valuación detrás de ellas, un ejemplo y la declaración que hoy decide si el safe harbor aplica.

Si todavía está eligiendo estructura, shelter o entidad propia y la guía de impuestos para empresas extranjeras cubren la decisión más amplia.

¿Qué es el safe harbor de maquiladoras?

El artículo 182 dispone que una maquiladora cumple con los artículos 179 y 180, y que el residente en el extranjero para el que actúa no tiene establecimiento permanente, "cuando las empresas maquiladoras determinen su utilidad fiscal como la cantidad mayor" de dos cálculos:

PruebaBaseTasa
ActivosValor total de los activos utilizados en la operación de maquila durante el ejercicio, sin importar quién sea el propietario6.9 por ciento
CostosMonto total de los costos y gastos de operación, conforme a las normas de información financiera, con cinco exclusiones6.5 por ciento

La cifra mayor es la utilidad fiscal, y el artículo 9 la grava al 30 por ciento. En la prueba de activos, eso equivale a cerca del 2.07 por ciento de la base en impuesto; en la de costos, a cerca del 1.95 por ciento.

La protección llega a su empresa extranjera por el artículo 181. Este establece que un residente en el extranjero no tiene establecimiento permanente por sus relaciones con una maquiladora, siempre que aplique un tratado para evitar la doble imposición y que la maquiladora "cumplan con lo señalado en el artículo 182". Estados Unidos y Canadá tienen tratado con México.

¿Qué operaciones califican como maquila?

El artículo 181 fija cuatro condiciones, todas vigentes desde 2014:

  1. Mercancías y programa. Las mercancías que usted suministra con un contrato de maquila y un Programa IMMEX se importan temporalmente, se transforman o reparan y se retornan al extranjero, incluso mediante operaciones virtuales. Las mermas y desperdicios no tienen que retornarse.
  2. Ingresos. La totalidad de los ingresos por la actividad productiva de la maquiladora proviene de la operación de maquila. La regla 3.20.2 de la RMF permite ingresos conexos, como servicios a partes relacionadas, arrendamiento, venta de desperdicios o intereses, de hasta el 10 por ciento de los ingresos por maquila, si se segmentan, se pactan a valor de mercado y tributan fuera del safe harbor.
  3. Insumos nacionales. Las mercancías nacionales o no importadas temporalmente se exportan o retornan junto con las importadas temporalmente.
  4. Maquinaria. El residente en el extranjero que firma el contrato de maquila es propietario de al menos el 30 por ciento de la maquinaria y equipo utilizados. La regla 3.20.3 lo mide al último día del ejercicio, a valor en aduana, y el criterio 49/ISR/N excluye del conteo herramientas, moldes y refacciones.

Las mercancías vendidas en México sin pedimento de exportación quedan fuera del régimen. El artículo 181 establece que su transformación "no se considerará operación de maquila" y que no le aplica el artículo 182. Tampoco cuentan como ingresos de maquila los de compraventa de productos terminados para reventa.

¿Por qué el safe harbor es hoy la única vía práctica?

Porque las alternativas terminaron. La reforma fiscal de 2022, publicada el 12 de noviembre de 2021, derogó el párrafo del artículo 182 que permitía confirmar los precios de transferencia mediante una resolución particular.

La exposición de motivos del Ejecutivo dio las cifras detrás del cambio: 567 maquiladoras eligieron un APA para 2019 y 456 para 2020, frente a "casi 700" y "poco más de 600" en el safe harbor. El objetivo declarado fue que "todas las maquiladoras sin excepción" cumplieran mediante el safe harbor.

Los APA solicitados antes de 2022 agotaron sus plazos. Del lado estadounidense, la renovación del Qualified Maquiladora Approach del IRS aplica a los ejercicios mexicanos que terminan del 31 de diciembre de 2020 al 31 de diciembre de 2024. No hay un anuncio público que lo extienda a 2025 o después. Holland & Knight describe una ventana estrecha de APA bilateral para grupos cuyos programas 2020 a 2024 seguían abiertos.

La ley no se ha movido desde entonces. La Ley del ISR se reformó por última vez en abril de 2024, el paquete económico 2026 no la tocó, y ninguna de las modificaciones de 2026 a la Resolución Miscelánea Fiscal toca las reglas de maquila del capítulo 3.20.

¿Qué entra en la base de activos del 6.9 por ciento?

Todo activo en territorio nacional utilizado "en su totalidad o en parte" en la operación de maquila, incluidos los que son de usted o de una parte relacionada y se otorgan en uso o goce a la maquiladora. El artículo 182 fija cómo se valúa cada tipo:

ActivoCómo se valúa
Inventario suyo en MéxicoSolo a valor de materia prima, incluso producto en proceso y terminado; promedio de los 12 promedios mensuales
Maquinaria suyaSu costo de adquisición, menos depreciación fiscal a tasas máximas, contada hasta la mitad del ejercicio
Maquinaria totalmente depreciadaNunca por debajo del 10 por ciento del costo de adquisición
Activos propios de la maquiladoraConforme a la regla 3.20.8: promedio de activos financieros, incluidas cuentas por cobrar y depósitos, más activos fijos a valor fiscal
Activos arrendados por partes relacionadas residentes en México o por partes no relacionadas en el extranjeroPueden excluirse, salvo que usted o una parte relacionada en el extranjero hayan sido sus propietarios

Considerar un activo solo en proporción a su uso en la maquila requiere autorización del SAT con la ficha 59/ISR. Dos palancas se pasan por alto con facilidad. El inventario que usted deja en México eleva la base mes con mes, y una cuenta por cobrar intercompañía de cobro lento se suma a los activos financieros de la maquiladora.

¿Qué entra en la base de costos del 6.5 por ciento?

Los costos y gastos de operación de la maquiladora, conforme a las normas de información financiera y a valor histórico, con cinco exclusiones:

  • Las mercancías y materias primas que el residente en el extranjero adquiere por cuenta propia.
  • La depreciación de los activos propios de la maquiladora se toma a tasas fiscales y no contables.
  • Los efectos de la inflación.
  • Los gastos financieros.
  • Los gastos extraordinarios o no recurrentes.

Los gastos incurridos en el extranjero entran solo en dos casos: servicios directamente relacionados con la operación pagados en el extranjero por cuenta de la maquiladora para sus obligaciones en México, y sueldos de personal extranjero cuya estancia en México supera 183 días en 12 meses.

Un ejemplo

Una maquiladora propia ilustrativa, ejercicio 2026, en pesos. La tasa de depreciación es un supuesto, y la planta se arrienda a un arrendador mexicano no relacionado, así que el edificio queda fuera de la base de activos en esta ilustración.

Base de activosMXN
Su inventario en México, a valor de materia prima, promedio de promedios mensuales45,000,000
Su línea de producción: costo 150,000,000, adquirida en enero de 2022, 10 por ciento anual, 54 meses a junio de 202682,500,000
Su prensa totalmente depreciada: costo 20,000,000, al piso del 10 por ciento2,000,000
Cuentas por cobrar, efectivo y activos fijos propios de la maquiladora30,000,000
Total159,500,000
6.9 por ciento11,005,500
Base de costosMXN
Nómina, seguridad social y prestaciones120,000,000
Renta de la planta9,000,000
Servicios, mantenimiento y consumibles14,000,000
Depreciación fiscal de los activos propios de la maquiladora3,000,000
Ingeniero comisionado, nueve meses en México, pagado en el extranjero4,000,000
Excluidos: materias primas que usted compró (300,000,000), intereses (1,500,000), reestructura no recurrente (2,000,000)0
Total150,000,000
6.5 por ciento9,750,000

La prueba de activos fija el piso en 11,005,500 pesos de utilidad fiscal, y el impuesto al 30 por ciento es de 3,301,650 pesos. Eso equivale a un rendimiento de cerca del 7.3 por ciento sobre la base de costos.

Una revisión rápida le dice qué prueba manda. Como 6.5 entre 6.9 es cerca de 0.942, la prueba de activos rige siempre que la base de activos supere alrededor del 94.2 por ciento de la base de costos. En este ejemplo, cada 10 millones de pesos adicionales de su inventario en México agregan 690,000 pesos de utilidad fiscal y 207,000 pesos de impuesto.

Si los libros de la maquiladora muestran una utilidad menor, digamos 6,000,000 de pesos, la diferencia de 5,005,500 pesos tiene que cubrirse para que la DIEMSE refleje el monto del safe harbor, por lo general con un ajuste a la contraprestación intercompañía. Confirme la mecánica con su asesor fiscal en México.

¿Qué declaración decide si el safe harbor aplica?

La DIEMSE, la Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación, en la forma oficial 52 del SAT. El artículo 182 la exige desde la reforma de 2022, y es una condición, no un trámite:

"En caso de que no se presente dicha declaración o no refleje lo dispuesto en este párrafo, no se podrá aplicar lo establecido en este artículo."

La ficha de trámite del SAT fija el plazo en junio del año siguiente al ejercicio, así que la del ejercicio 2026 vence en junio de 2027. Una maquiladora que la presenta a tiempo puede omitir el archivo local de precios de transferencia por sus operaciones de maquila conforme a la regla 3.9.12, y queda exceptuada de la declaración informativa de partes relacionadas del artículo 76 por la operación de maquila.

El Programa IMMEX está debajo de todo esto. El artículo 181 exige un programa autorizado por la Secretaría de Economía, y en 2026 Economía canceló 189 programas por no presentar el reporte anual. Sin el programa, la definición de maquila, y con ella el safe harbor, se cae. La guía de la certificación IVA e IEPS cubre el lado aduanero del mismo calendario.

¿Qué pasa si no se cumple el safe harbor?

Depende de cómo tenga la operación.

Entidad propia. No puede aplicarse el artículo 182, y con él se pierde la protección del artículo 181. La maquiladora vuelve a las reglas generales de precios de transferencia: documentación, la declaración de partes relacionadas del 15 de mayo y los métodos del artículo 180. Si su empresa extranjera tiene entonces establecimiento permanente se determina conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley del ISR y al tratado, y ahí surge la exposición por la maquinaria y el inventario que usted tiene en México.

Albergue. El artículo 183-Bis es más directo. Cuando el albergue incumple sus obligaciones, el SAT le da 30 días naturales para subsanar. Si no lo hace, el albergue se suspende en el Padrón de Importadores y se considera que el residente en el extranjero tiene establecimiento permanente en México a partir de ese momento.

¿Cómo funciona en un albergue?

El artículo 183 da al residente en el extranjero que no es parte relacionada de su albergue la protección contra el establecimiento permanente, sin límite de tiempo desde 2020, siempre que su país tenga un acuerdo amplio de intercambio de información con México. Estados Unidos y Canadá califican conforme a la regla 2.1.2 de la RMF.

El albergue determina su utilidad fiscal por separado, a la cantidad mayor de las dos pruebas, considerando "exclusivamente los activos fijos e inventarios de materia prima" utilizados en su operación y los costos atribuibles a ella. Entera el impuesto al 30 por ciento y es responsable solidario. El impuesto es legalmente suyo y, en la práctica del mercado, se le factura; nuestra guía de costos de un programa shelter explica cómo aparece en la factura.

Los clientes nunca se agrupan. Dos clientes en el mismo albergue, uno intensivo en activos y otro en mano de obra, pagan cada uno sobre su propia prueba mayor, lo que puede dar más utilidad fiscal en total que un cálculo conjunto. Pida a cualquier albergue que le muestre su cálculo por separado. El artículo 183 también le impide vender maquinaria, herramientas o inventarios al albergue antes o durante el esquema.

¿El Paquete Económico 2027 cambia algo?

No para el safe harbor en sí. La iniciativa de Ley del ISR del 8 de septiembre de 2026 no toca los artículos 181 a 183-Bis. Propone un límite a deducciones y pérdidas fiscales para empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos, y su artículo 78-E propuesto excluye a quienes "lleven a cabo operaciones de maquila en términos del artículo 182", salvo por los ingresos por enajenación de mercancías en territorio nacional.

Al 12 de octubre de 2026 la iniciativa estaba en la Cámara de Diputados y no era ley. Si la exclusión alcanza a los clientes de un albergue, cuyo impuesto se determina conforme al artículo 183-Bis, no queda resuelto en el texto. Nuestra nota sobre el Paquete Económico 2027 cubre el límite en sí.

En resumen

El safe harbor de maquila fija su utilidad fiscal en México en la cantidad mayor entre el 6.9 por ciento de los activos utilizados y el 6.5 por ciento de los costos de operación, y libra a su empresa extranjera de un establecimiento permanente en México. Desde el ejercicio 2025 es la vía práctica a esa protección.

Tres cosas deciden el resultado: la base de activos, que suele mandar en plantas intensivas en capital y crece con el inventario que usted mantiene en México; la prueba del 30 por ciento de maquinaria al cierre del ejercicio; y la DIEMSE, presentada a más tardar en junio y con la utilidad del safe harbor reflejada.

La práctica de estructuración legal y de entidades incorpora a los asesores fiscales y legales en México para el cálculo y la declaración. Si quiere una segunda lectura de sus propias cifras, tiene disponible una llamada de cortesía de 30 minutos, con respuesta en menos de 24 horas.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el safe harbor de maquila en México?

El artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta considera que una maquiladora cumple con los artículos 179 y 180, y que su residente en el extranjero no tiene establecimiento permanente, cuando la maquiladora determina su utilidad fiscal como la cantidad mayor entre el 6.9 por ciento del valor total de los activos utilizados en la operación de maquila y el 6.5 por ciento de sus costos y gastos de operación. La utilidad se grava a la tasa corporativa del 30 por ciento.

¿Una maquiladora todavía puede usar un APA en lugar del safe harbor?

No como vía del artículo 182. La reforma fiscal de 2022 derogó el párrafo que permitía una resolución particular de precios de transferencia, los APA solicitados antes corrieron como máximo hasta el ejercicio 2024, y la renovación del Qualified Maquiladora Approach entre el IRS y el SAT aplica a los ejercicios mexicanos 2020 a 2024. Holland & Knight describe una ventana estrecha de APA bilateral para grupos con programas 2020 a 2024 abiertos. Un APA del artículo 34-A del CFF no da por sí solo la protección del artículo 181, que depende del artículo 182.

¿Qué activos cuentan para la prueba del 6.9 por ciento?

Todos los activos en territorio nacional utilizados en la operación de maquila, propiedad de la maquiladora, del residente en el extranjero o de partes relacionadas, incluso los otorgados en uso o goce temporal a la maquiladora. El inventario del residente en el extranjero cuenta a valor de materia prima, como promedio de los promedios mensuales. Sus activos fijos cuentan por el monto pendiente por deducir sobre su costo de adquisición, nunca por debajo del 10 por ciento de ese costo. También cuentan las cuentas por cobrar y depósitos de la maquiladora. Considerar los activos solo en proporción a su uso requiere autorización del SAT.

¿Qué se excluye de la base de costos del 6.5 por ciento?

Las mercancías y materias primas que el residente en el extranjero adquiere por cuenta propia, los efectos de la inflación, los gastos financieros y los gastos extraordinarios o no recurrentes. La depreciación de los activos propios de la maquiladora se calcula a tasas fiscales. Los sueldos pagados en el extranjero a personal extranjero cuentan solo cuando la estancia en México supera 183 días en 12 meses.

¿Cómo acredita una maquiladora que cumplió con el safe harbor?

Con la DIEMSE, la Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación, en la forma oficial 52, a más tardar en junio del año siguiente al ejercicio. Para el ejercicio 2026, eso es junio de 2027. Desde 2022 la declaración es una condición: si no se presenta, o no refleja la utilidad del safe harbor, el artículo 182 establece que no podrá aplicarse.

¿Qué pasa si una maquiladora no cumple con el safe harbor?

En una entidad propia, no puede aplicarse el artículo 182 y se pierde la protección del artículo 181, así que la maquiladora vuelve a las reglas generales de precios de transferencia y el establecimiento permanente de su empresa extranjera se determina conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley del ISR y al tratado. En un albergue, el SAT da 30 días naturales para subsanar; si no se subsana, el albergue se suspende en el Padrón de Importadores y se considera que el cliente extranjero tiene establecimiento permanente.

¿Qué es la regla del 30 por ciento de maquinaria?

El artículo 181 exige que el residente en el extranjero que firma el contrato de maquila sea propietario de al menos el 30 por ciento de la maquinaria y equipo utilizados en la operación. La regla 3.20.3 de la RMF lo mide al último día del ejercicio, sobre montos pendientes por depreciar a valor en aduana, con un piso del 10 por ciento. El criterio 49/ISR/N excluye de ese conteo herramientas, instrumentos, moldes y refacciones.

¿Una maquiladora puede vender a clientes en México?

No dentro del régimen de maquila. El artículo 181 establece que no se considera operación de maquila la transformación de mercancías que se enajenan en territorio nacional sin pedimento de exportación, y que a ella no le aplica el artículo 182. La totalidad de los ingresos por la actividad productiva debe provenir de la operación de maquila, con hasta un 10 por ciento de ingresos conexos, como servicios a partes relacionadas, desperdicios o arrendamiento, permitido por la regla 3.20.2 si se segmentan, se pactan a valor de mercado y tributan fuera del safe harbor.

¿Cómo funciona el safe harbor en un albergue?

Conforme a los artículos 183 y 183-Bis, un residente en el extranjero que no es parte relacionada del albergue no tiene establecimiento permanente, sin límite de tiempo desde 2020, siempre que su país tenga un acuerdo amplio de intercambio de información con México (Estados Unidos y Canadá lo tienen). El albergue determina la utilidad fiscal de cada cliente por separado, a la cantidad mayor de las dos pruebas, considerando solo activos fijos e inventarios de materia prima, entera el impuesto al 30 por ciento y es responsable solidario.

¿El Paquete Económico 2027 cambia el safe harbor de maquila?

No tal como se presentó. La iniciativa de Ley del ISR del 8 de septiembre de 2026 no toca los artículos 181 a 183-Bis y excluiría a las maquiladoras del artículo 182 del límite propuesto a deducciones y pérdidas fiscales, salvo por los ingresos por enajenación de mercancías en territorio nacional. Al 12 de octubre de 2026 la iniciativa seguía en la Cámara de Diputados y no era ley.

Robert Katona, founder of Calder & Vale

Robert Katona es el fundador de Calder & Vale, una firma de asesoría transfronteriza que trabaja en toda Norteamérica. Asesora a operadores, inversionistas e instituciones en entrada al mercado, selección de socios y estrategia de crecimiento en toda la región.

¿Tiene preguntas sobre su estrategia en México?

si esto le generó preguntas, platiquemos. treinta minutos, sin pitch, solo claridad sobre su siguiente paso.